Jurisprudencia

Argentina

Experta en jurisdicción: Marisa Herrera

Esta sección presenta un esquema de búsqueda simple, dividido por:

  • País
  • Materia de estudio en el ámbito de la constitucionalización/convencionalización del Derecho de Familia.
  • Ficha resumen del caso
  • Link a la sentencia en formato íntegro

Juzgados de primera instancia (Civil, Familia, Contencioso Administrativo y Tributario)

Materia
Cuidados de personas en situación de vulnerabilidad. Adultos mayores. Covid 19
ROL/RIT de identificación
AR/JUR/11730/2020
Referencia de las normas

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, artículo 2.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 26.

Convención Americana de Derechos Humanos, artículo 1.

Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, artículos 1, 2, 5, 6, 7, 13 y 32.

Declaración 1/20 sobre “Covid-19 y Derechos Humanos: Los problemas y desafíos deben ser abordados con perspectiva de derechos humanos y respetando las obligaciones internacionales”, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Constitución Nacional Argentina, artículos 14, 14 bis, 16, 28, 29, 31 y 43.

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, artículos 11, 20 y 41.

Ley 153 de salud de la Ciudad de Buenos Aires, artículo 3.

 Ley 2145 de amparo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, artículo 15.

Materia
Triple filiación. Adopción. Socioafectividad
ROL/RIT de identificación
RC J 625/20
Referencia de las normas

Arts. 2, 3, 4, 8, 9, 12, 20 y 21 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Arts. 1, 2, 24 y 29 de la Convención Americana de Derechos Humanos

Observación General nro. 14 sobre “El derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial” del Comité de los Derechos del Niño.

Opinión Consultiva nro. 17 sobre “Condición jurídica y derechos humanos del niño” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Arts. 16 y 19 de la Constitución Nacional.

Ley Nacional 26.061 de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Ley 9944 de promoción y protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en la provincia de Córdoba.

Arts. 26, 558, 595, 617, 634 inc. d, 706 y 707 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Materia
Triple filiación. Derecho a la identidad. Socioafectividad
ROL/RIT de identificación
AR/JUR/132/2020
Referencia de las normas

Arts. 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9, 12 y 16 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Arts. 1, 2, 8, 17, 19 y 25 de la Convención Americana de Derechos. Humanos.

Opiniones Consultivas nro. 17/02 “Condición jurídica y derechos humanos del niño” y 21/14 “Derechos y garantías de niñas y niños en el contexto de migración y/o en necesidad de protección internacional” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Arts. 14 bis, 16, 19, 28, 33 y 75 inc. 22Constitución Nacional.

Arts. 1, 2, 3, 593, 558 y 706 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Materia
Triple Filiación. Técnicas de inseminación casera
ROL/RIT de identificación
AR/JUR/26167/2019
Referencia de las normas

Art. 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Arts. 11.2 y 17.1Convención Americana de Derechos Humanos.

 

Arts. 14 bis, 16 y 43 de la Constitución Nacional.

Arts. 45 de la Ley 26.413 de Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.

Ley Nacional 26.618 de Matrimonio Civil.

Arts. 1, 2, 3, 558, 560 y 578 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Cámara de Apelaciones

Materia
Sistema de apoyos. Salud mental. Situación de adoptabilidad
ROL/RIT de identificación
AR/JUR/33088/2019
Referencia de las normas

Convención sobre los Derechos del Niño, artículos 3, 5, 7, 8, 9, 16, 18, 20 y 21.

Pacto Internacional de Derechos Políticos y Civiles, artículos 6, 14 y 17.

Declaración Universal sobre los Derechos Humanos, artículos 3, 12, y 25.

Convención Americana de Derechos Humanos, artículos 4, 7, 8, 9, 11, 17, 19 y 25.

Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.

Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad.

Observación General nro. 14 sobre “El derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial” del Comité de los Derechos del Niño.

Recomendación General nro. 19 sobre “La violencia contra la mujer” del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.

Observación General nro. 32 sobre “Art. 14, El derecho a un juicio imparcial y la igualdad ante los tribunales” del Comité de Derechos Humanos.

Constitución Nacional Argentina, artículos 14 bis, 18, 33, 41, 42, 75 inc. 18, 19, 22 y 23.

Constitución de la Provincia de Buenos Aires, artículos 36 y 38

Ley Nacional 26.061 de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, y su decreto reglamentario 415/2006.

Ley Nacional 26.657 de salud mental, artículo 4.

Ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.

Ley. 24.240 de defensa del consumidor.

Ley 13.298 de promoción y protección integral de los derechos de los niños de la provincia de Buenos Aires, y su decreto reglamentario 300/05.

Ley 14.528 de procedimiento de adopción en la provincia de Buenos Aires.

Código Civil y Comercial de la Nación, artículos 594, 595, 607, 611, 643, 657 y 706.

Materia
Sistema de apoyos. Incapacidad. Revisión de la sentencia
ROL/RIT de identificación
330/2017 RC J 4325/18
Referencia de las normas

Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, artículos 9 y 12.

Convención Americana de Derechos Humanos, artículo 3.

Código Civil y Comercial de la Nación, artículos 31, 32, 36 y 40.

Materia
Sistema de apoyos. Restricciones a la capacidad jurídica
ROL/RIT de identificación
AR/JUR/62305/2015
Referencia de las normas

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, artículos 1, 2, 3, 9, 12 y 13.

Convención Interamericana de para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las personas con Discapacidad.

Convención Americana de Derechos Humanos, artículos 8 y 25.

Observación general nro. 1 sobre “Artículo 12: Igual reconocimiento como persona ante la ley” del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condiciones de Vulnerabilidad.

Constitución Nacional Argentina, artículos 18 y 31.

Constitución de la provincia de Buenos Aires, artículo 15.

Ley Nacional 26.657 de salud mental, artículos 3 y 5.

Código Civil y Comercial de la Nación, artículos 7, 22, 23, 31 a 50, 101 y 707.

 

Materia
Triple filiación. Técnicas de reproducción humana asistida
ROL/RIT de identificación
AR/JUR/103023/2017
Referencia de las normas

Arts. 3, 7, 8, 9, 16 y 18 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Arts. 2, 23.1, 24 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Art. 10.1, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Arts. 12 y 16 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Arts. 11, 17, 19 y 29 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Arts. 5 y 6Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

Observaciones Generales nro. 12 sobre “El derecho del niño a ser escuchado” y 14 sobre “El derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial” del Comité de los Derechos del Niño.

Arts. 14 bis y 33 de la Constitución Nacional.

Arts. 3, 7, 11 y 12 de la Ley Nacional 26.061 de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes; y su decreto reglamentario 415/2006.

Art. 4 de la Ley 13.298 de la provincia de Buenos Aires sobre Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños.

Arts. 1, 2, 3, 51, 52, 62, 64, 279, 560, 561, 562 y 558 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Corte Constitucional de Ecuador

Materia
Situación de vulnerabilidad. Sistema de apoyos. Adopción
ROL/RIT de identificación
AR/JUR/32497/2016
Referencia de las normas

Convención sobre los Derechos del Niño, artículos 3, 8, 9, 18, 21 y 27.

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, artículos 2, 3, 4, 5, 12, 19, 23 y 26.

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, artículo 10.

Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículos 1, 11, 17, 19 y 24.

Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.

Observación General nro. 1 sobre “Artículo 12: Igual reconocimiento como persona ante la ley” del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Observaciones generales nro. 5 sobre “Las personas con discapacidad” y 20 sobre “La no discriminación y los derechos económicos, sociales y culturales (artículo 2, párrafo 2 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales)” del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Opinión Consultiva nro. 17 sobre “Condición jurídica y derechos humanos del niño” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Constitución Nacional Argentina, artículo 31.

Ley Nacional 26.657 de derecho a la protección de la salud mental, artículos 1, 3, 5, 11 y 45.

Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, artículos 3, 7, 11, 28, 33, 37, 40 y 41.

Código Civil y Comercial de la Nación, artículos 1, 2, 23, 31, 32, 43 y 706.

Superiores Tribunales Provinciales

Materia
Derecho a la identidad. Derecho a conocer los orígenes. Adopción plena.
ROL/RIT de identificación
AR/JUR/4335/2004
Referencia de las normas

Arts. 3, 8, 9, 12 y 21 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Arts. 11 y 17.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Art. 23.1Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Opinión Consultiva 17/2002 sobre “Condición jurídica y derechos humanos del niño” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Arts. 14 bis y 33 de la Constitución Nacional.

Arts. 323, 327 y 328 Código Civil (actualmente derogado).