Seminario Permanente de Evidencia Científica

2019
Primer ciclo del Seminario Permanente de Evidencia Científica

El juez constitucional frente a la ciencia

Presentación

Los jueces constitucionales se enfrentan de manera creciente con interrogantes que los obligan a interactuar con evidencia científica. Como es sabido, las intervenciones en los derechos humanos deben estar plenamente justificadas; en muchos casos, la justificación tiene que ver con que exista un respaldo científico robusto detrás de la ley. Así, al evaluar si una política pública que limita derechos se justifica con bases científicas, el juez debe contar con parámetros para acercarse racionalmente a la ciencia, determinar qué contenidos sí tienen carácter científico y dilucidar cómo utilizarlos en la argumentación constitucional.

Como se observa, el reto va más allá de los típicos problemas de la valoración de la prueba pericial, y detona preguntas novedosas que merecen ser exploradas a profundidad. ¿A quién corresponden las cargas probatorias y argumentativas de la evidencia científica? ¿Cómo evaluar desde las cortes la calidad de los estudios científicos? ¿Cómo podemos repensar en las reglas del juicio constitucional para que faciliten el correcto desahogo y valoración de la evidencia científica? El Seminario explorará estas preguntas y problemas relacionados con ellas en la jurisprudencia de la Suprema Corte.

De acuerdo con lo anterior, el Seminario tiene como objetivo atraer a académicos, jueces, practicantes y científicos interesados en explorar estos problemas. El propósito es ofrecer un foro que promueva el entendimiento y fomente la construcción de perspectivas creativas para mejorar la forma en la que se acercan los jueces a diversas disciplinas científicas como la medicina, la psicología o la antropología.

Los problemas se abordarán en tres grandes bloques, buscando ocupar dos sesiones por bloque (6 sesiones máx.). La primera sesión de cada bloque estará dirigida a plantear problemas a partir de casos concretos, y la segunda a explorar y (con suerte) recoger algunas soluciones. 

Temas

1.  Introducción: Problemas generales del juez frente a la evidencia científica

Objetivo: Proporcionar una introducción general a los problemas que presenta la evidencia científica ante los tribunales. Explorar cómo los problemas generales de la actividad probatoria impactan en la labor del juez.

 

 

1.1 Las limitaciones del juez frente al conocimiento científico. ¿Cómo se acerca el juez constitucional a la evidencia científica? ¿Cómo distingue evidencia científica de la que no lo es? (Criterio de fiabilidad)

1.2 La necesidad de fundar racionalmente la decisión judicial tratándose de pruebas científicas. ¿Cómo valorar la prueba científica para fundar racionalmente la decisión judicial? ¿Qué actitud debe adoptar el juez constitucional frente a la prueba científica?

  1. Papel pasivo: el problema de la sobrevaloración epistémica (aceptar los resultados científicos como infalibles) y sus consecuencias. La dictadura de los peritos: los peritos como decisores de la causa (es el perito quien indica al juez qué decidir). El desperdicio del perito tercero en México: la repetición ociosa del peritaje. 
  2. Papel activo: el diálogo con el peritaje. ¿Cómo se debe valorar la pericial científica? Fiabilidad de la evidencia científica en la valoración probatoria.

1.3 Los estudios científicos.

  1. Diferencia entre prueba pericial y estudios científicos.
  2. ¿En qué consiste la fiabilidad en el caso de los estudios científicos?

Casos:

- Psicología del testimonio en menores de edad (Amparo Directo en Revisión 3797/2014): En este caso se construyó un estándar para evaluar las pruebas y los hechos en casos de niños que presuntamente fueron víctimas de abuso sexual.

- Pericial única en materia genética (Amparo Directo en Revisión 1096/2017). En este asunto se discutió si es necesario desahogar un contradictorio tratándose de la pericial en materia genética, o si basta con un peritaje único.

- Bullying escolar (Amparo Directo 35/2014). En este caso la Suprema Corte recurrió a estudios científicos para informarse del fenómeno de acoso escolar y estar en mejores condiciones de abordar el problema planteado.

Bibliografía:

Capacidad de los jueces para valorar la información experta. Carmen Vázquez (adjunto)

Errores cometidos con la información experta. Maucio Duce (adjunto)

La prueba de ADN como caso único y aún con susceptibilidad al error. El mejor libro que conozco al respecto se llama “Inside the Cell. The Black Side of Forenscic DNA”

Las publicaciones. Susan Haack, link: https://doxa.ua.es/article/view/2015-n38-la-evaluacion-por-pares-y-la-publicacion-lecciones-para-abogados


2. La argumentación constitucional frente a la ciencia

Objetivo: Revisar cómo las peculiaridades del control y la argumentación constitucional generan distintos usos de la evidencia científica. Más allá de la actividad probatoria, el objetivo es explorar diversas interacciones en un sentido amplio entre el juez constitucional y la ciencia. La pregunta central es: ¿Cuáles son los distintos usos que tiene la evidencia científica en la argumentación constitucional de la Suprema Corte?

 

2.1 Acreditación constitucional. El uso de la evidencia científica para descargar las exigencias empíricas que imponen los distintos tests de constitucionalidad y sus peculiaridades.[1]

 

2.2 Uso persuasivo. El uso de literatura científica en la argumentación constitucional para contextualizar, sensibilizar o proporcionar detalles sobre una problemática social que enmarca el caso que deben resolver.[2]

2.3 Uso constructivo: (i) Criterios de valoración probatoria. El uso de estudios y literatura científica para desarrollar criterios de valoración probatoria específicos, adecuados para distintos fenómenos. Por ejemplo,  los estándares para juzgar casos con perspectiva de género o bien para valorar el testimonio de menores que presuntamente fueron víctimas de abuso sexual. (ii) Parámetros para decidir. El uso de literatura científica para para construir parámetros legales que permitan decidir el caso o determinar si se acreditó la acción. Por ejemplo, la Corte mexicana ha construido parámetros para evaluar si se acreditó un fenómeno de bullying escolar o bien para determinar a quién debe asignarse la filiación de un menor entre sus padres biológicos y los padres que lo han cuidado en la realidad.[3]

Casos:

- Marihuana (Amparo en Revisión 237/2014): Se utilizó una vasta literatura científica para evaluar los daños y efectos que causa la marihuana a la salud al interior del test de proporcionalidad.

- Testigos de Jehová (Amparo en Revisión 1049/2017): Se utilizó literatura científica para explicar y evaluar la idoneidad de las transfusiones sanguíneas como tratamiento de mantenimiento de una menor con leucemia linfoblástica aguda sometida a quimioterapia. 

- Bullying escolar (Amparo Directo 35/2014): A partir de la literatura científica relevante se construyeron parámetros legales para determinar cuáles son las conductas constitutivas del acoso escolar y acreditarlas en juicio.

- Realidad biológica vs. realidad social (Amparo Directo en Revisión 6179/2015): A partir de la literatura científica se reconstruyó un parámetro para determinar la filiación de una niña a la luz de sus derechos a la identidad y al mantenimiento de su núcleo familiar.

- Psicología del testimonio en menores de edad (Amparo Directo en Revisión 3797/2014): A partir de la literatura científica relevante se integró un estándar para evaluar las pruebas y los hechos en casos de niños que presuntamente fueron víctimas de abuso sexual.

- Aborto (Amparo en Revisión 1388/2015): El proyecto utiliza en diversas secciones datos estadísticos e información empírica para proporcionar contexto sobre la violencia de género y la situación de la mujer que desea interrumpir su embarazo.

     Bibliografía:

 

David L. Faigman, “Constitutional Fictions: A Unified Theory of Constitutional Facts”, Oxford, Nueva York, 2008.
 

David L. Faigman, “Normative Constitutional Fact-Finding: Exploring the Empirical Component of Constitutional Interpretation”, University of Pennsylvania Law Review, Vol. 39, No. 3, Enero de 1991, pps. 542-613.
 

Angelo N. Ancheta, “Scientific Evidence and Equal Protection of the Law”, Rutgers University Press, Estados Unidos, 2006, pps. 126-150.


3. El modelo procesal constitucional frente a la ciencia

Objetivo: Analizar los retos institucionales y procesales que supone el uso de la evidencia científica en la justicia constitucional.

 

 

3.1 ¿Se justifica que el juez constitucional se aproxime por sí solo a la evidencia científica?

  1. Una postura permisiva y una postura restrictiva.

3.2 Postura permisiva: el uso de estudios científicos en la justicia constitucional.

  1. ¿Cómo evaluar desde la corte constitucional la calidad de los estudios científicos?
  2. ¿Cuáles son los problemas de que el juez constitucional recurra a (y utilice) estudios científicos para decidir?
  3. ¿Cuáles son algunos criterios para que el juez constitucional utilice literatura científica de manera confiable? ¿Cuáles serían buenos criterios cualitativos para utilizar literatura científica  (i.e. un número suficiente de estudios, arbitrados por partes y con resultados generalmente aceptados conclusiones no discutidas por la generalidad de la comunidad científica ni invalidadas por uno o varios reportes con resultados contradictorios, impacto de la publicación, número de citas, etcétera).

3.3 Postura restrictiva: el uso de la prueba pericial en el juicio constitucional.

  1. Los límites del juicio de amparo para procesar la evidencia científica.
  2. Soluciones disponibles en el modelo actual: el informe justificado y las diligencias probatorias para mejor proveer.
  3. Soluciones posibles:
    1. Un modelo adversarial en el juicio de amparo. ¿Quién tendría la carga de presentar la evidencia científica? ¿En qué condiciones y con qué controles sería recomendable hacerlo? 
    2. Modelos de cooperación científico-judicial: la consulta a organizaciones científicas externas, públicas y privadas; la organización de foros y audiencias públicas, un registro independiente de asesores expertos de la Corte, un cuerpo interno de asesores científicos.

 

Casos:

- Caso Marihuana (Amparo en Revisión 237/2014). Se utilizó literatura científica de oficio, sin recurrir a ninguna institución externa a la Suprema Corte mediante bases de datos y revistas académicas especializadas.

- Caso Testigos de Jehová (Amparo en Revisión 1049/2017). Se utilizó literatura científica de oficio integrándola en el proyecto, sin recurrir a ninguna institución externa a la Suprema Corte mediante bases de datos y revistas académicas especializadas.

- Caso Militares con VIH (Amparo en Revisión 510/2004): Se envió un cuestionario a la Academia Mexicana de las Ciencias para responder preguntas sobre VIH-SIDA.

- Despenalización del aborto (AI 146/2007 y AI 147/2007). Se solicitaron estadísticas al IMSS y al ISSTE sobre muertes y delitos en el caso del aborto. Se realizaron periciales médicas y comparecencias públicas en defensa y en contra de la inconstitucionalidad  la interrupción del embarazo antes de las 12 semanas en la Ciudad de México. 

- Caso Detector Molecular GT-200 (Recurso de Apelación Penal 1/2012): Se planteó realizar un experimento frente a los ministros para demostrar que es fiable un detector molecular de drogas utilizado por la SEDENA.

Bibliografía:

La experiencia estadounidense en el caso Daubert. Carmen Vázquez 

 

Modelo educativo. Ronald J. Allen 

 

Modelo adversarial.

 

La experiencia estadounidense con los Court Appointed Experts.

 

GT-200 y los estudios empíricos realizados por Luis Mochan

 

[1] Las metodologías de control constitucional como el test de proporcionalidad ordenan que se acrediten ciertos hechos adjudicativos específicos (por ejemplo: que la medida enjuiciada contribuye causalmente al fin perseguido; o bien: que la medida provoca un impacto desproporcionado sobre las personas). Pero estos tests a veces también requieren utilizar hechos científicos “generales que a su vez facilitan acreditar un hecho del caso. Por ejemplo: “generalmente los daños a la salud de consumir marihuana son de escasa entidad”; “regularmente las transfusiones sanguíneas son el tratamiento más apto para acompañar la quimioterapia”. Todos estos usos impactan directamente en el resultado de la decisión constitucional.

[2] En ese sentido, se utilizan estudios científicos con un fin más bien persuasivo o sensibilizador. Si bien este uso no genera una consecuencia jurídica formal, es indudable que orienta el sentido de la decisión constitucional. Por ejemplo, usar estadísticas que comprueben la grave situación de violencia de género que sufre la mujer mexicana en el contexto familiar puede impactar decisivamente en una sentencia sobre igualdad y violencia marital. Estas generalizaciones proporcionan al juez un marco de razonabilidad para tomar su decisión y cumplen una función persuasiva.

[3] En este último uso la Corte cumple una auténtica función de creación y regulación a partir de un derecho fundamental.