Violencia intrafamiliar, violencia contra la mujer, prestaciones de alojamiento y alimentación para mujeres víctimas de violencia y maltrato en los Planes Obligatorios de Salud

Tribunales:
Corte Constitucional de Colombia
País:
Colombia
ROL/RIT de identificación:
C-776 de 2010

La Corte Constitucional estudia el caso de una demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 13 y 19 de la Ley 1257 de 2008[1] que establecen que en los casos de violencia intrafamiliar se le proveerá habitación y alimentación a la víctima con cargo al Sistema General de Seguridad Social en Salud.

En la sentencia, la Corte define la violencia intrafamiliar como “cualquier tipo de agresión producida entre miembros de una familia.” Y señala que “al ampliar la cobertura en salud a la mujer víctima de violencia permitiendo que sea atendida en centros especializados y que, en determinadas condiciones, le sean suministrados alojamiento y alimentación, el legislador está dando aplicación a los principios de universalidad e integralidad, por cuanto se van a cubrir contingencias que afectan la salud y las condiciones de vida de quien es considerada, en estos eventos, como una persona vulnerable.”

Así las cosas, los artículos demandados se inscriben “dentro del ámbito de cumplimiento de los compromisos internacionales celebrados por Colombia para la protección de la mujer y la erradicación de todas las formas de violencia que puedan afectarla.”

 

[1]Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones”.