Solicitud de restitución internacional de NNA. Violencia de género. Violencia psicológica

Tribunales:
Cámara de Apelaciones
País:
Argentina
ROL/RIT de identificación:
NN

En el año 2016 M., francés, y la Sra. C., chilena con residencia en la República Argentina, se conocieron en CABA. Hacia mediados de enero de 2017 comenzaron una relación amorosa entre las partes. En julio la Sra. C. queda embarazada, se casan en Argentina y meses después nace N. En septiembre de ese mismo año, las partes deciden viajar hacia Francia y España con fines turísticos y para que la familia de M. conozca a N. El 9/1/2019, la Sra. C. viaja con la niña N. a Argentina, con autorización del Sr. M. para terminar de rendir unos exámenes pendientes. El 6/3/2019, la Sra. C. envía un correo al Sr. M. informándole que no retornará a Francia con la niña N.

El Sr. M. solicita la restitución de la niña, alegando que el centro de vida del grupo familiar era la ciudad de Bordeaux, Franci. Por su parte, la progenitora sostiene que el centro de vida del grupo familiar era la República Argentina, que viajaron a Europa en planes de turismo y que el padre de su hija impuso el cambio de planes y modalidad de la estadía, pretendiendo unilateralmente modificar contra su expresa voluntad el lugar de residencia. También alega que Francia es el lugar donde transitó su exilio de la dictadura chilena de Pinochet, y por tal motivo jamás hubiese aceptado vivir allí.

El juez de primera instancia decide “inconvencionalidad” de la Convención de la Haya por ir en contra de la CEDAW y desestima la restitución internacional de N.L.S.V. a la República de Francia, la Cámara revoca y hace lugar a la restitución. El caso se encuentra apelada ante la máxima instancia federal.