Solicitud de adopción plena. Reconocimiento del hijo. Interés superior de NNA

Tribunales:
Corte Constitucional de Ecuador
País:
Argentina
ROL/RIT de identificación:
AR/JUR/15446/2017

Los Sres. S.D.R.W. y P.A.A. promovieron demanda solicitando la adopción plena de los niños C.M.G y de K.E.G., ambos hijos de G.R.G. (sin filiación paterna), cuya guarda ejercían en virtud de resolución judicial. El Tribunal otorgó la adopción plena de los niños al matrimonio R.W.-A con efecto retroactivo a la fecha de otorgamiento de la guarda de los menores.

Con fecha 28/11/2014 se presentó ante el Tribunal de Familia el señor D.M.R.C. manifestando ser el padre biológico de K.E. Acompañó copia del certificado de nacimiento del que surge que el día 4/06/2014 había reconocido al niño como hijo propio. Se opone a la adopción plena de mi hijo K., solicitando se revea tal decisión y se convierta en una adopción simple atento la filiación paterna del niño K.

El Tribunal a quo rechazó la nulidad articulada, así como el planteo de revocación de la adopción plena y concedió el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido.

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, por mayoría, hace lugar al recurso extraordinario deducido y, en consecuencia, el expediente debe volver a la instancia de origen a los fines de que se integre la litis con el señor R. C. y se proceda a analizar la pretensión del nombrado y, con tal resultado, en el plazo más breve posible, se dicte el nuevo pronunciamiento que corresponda respecto de K., atendiendo fundamentalmente a su interés superior.