Restitución Internacional

Tribunales:
Sala Constitucional
País:
Costa Rica
ROL/RIT de identificación:
Resolución Nº 06666-2013

Este caso se trata de un recurso de hábeas corpus. El juzgado de Niñez y Adolescencia ordenó la restitución de sus hijas menores de edad a Estados Unidos. La accionante alega que a raíz de un ciclo de violencia doméstica y de los procesos legales interpuestos en su contra en los Estados Unidos, la misma no puede ingresar a dicho país sin que peligre su seguridad y libertad. Solicitó se tomara en cuenta que las menores de edad eran costarricenses y que en virtud del art. 32 no pueden ser compelidas a abandonar el territorio nacional y que se consideren los criterios de convencionalidad sobre restitución internacional de menores.

La jueza coordinadora del tribunal ordinario alegó que la madre no requería separarse de sus hijas puesto que la misma podía acompañarlas a Estados Unidos y permanecer con ellas hasta que se resolviera lo relativo a la custodia. Asimismo, indicó que no se tuvo por acreditado que la madre sufriera de violencia doméstica ni que exista un riesgo contra su libertad ambulatoria si ingresa a los Estados Unidos. De la declaración de la jueza se extrae que el lugar de residencia habitual de las menores era en Estados Unidos y que la madre las sustrajo ilícitamente, trasladándose a Costa Rica.

El padre alegó que las menores estaban siendo sometidas extorsión emocional por parte de la madre, dando lugar a un desarraigo violento. La valoración del juez constitucional se conformó de la integración del principio de interés superior del menor con la contemplación del estado de las menores en Costa Rica, en términos del arraigo. Finalmente, se concluyó basado en la evidencia que las menores se encontraban a gusto en Costa Rica, prefiriendo permanecer en dicho país y además que habían formado vínculos familiares, educativos y afectivos, razón por la cual se declaró con lugar el recurso y se anuló la sentencia que ordenaba la restitución de las menores.