La Corte Constitucional estudia el caso de un juzgado que se negó a homologar la resolución emitida por la Defensoría de Familia que declaraba en situación de adoptabilidad a una niña de 11 años que padecía violencia intrafamiliar.
Al respecto, la Corte señala que el Estado está obligado a vigilar el cumplimiento de los deberes propios de la responsabilidad parental a la luz del interés superior del niño o niña. Por tanto, si bien hay una regla general según la cual los niños tienen derecho a no ser separados de su familia, procederá de manera excepcional la separación de los padres cuando se trate de salvaguardar los derechos del niño o niña.