Protección estatal, apoyos y cuidados para personas en situación de vulnerabilidad en el ámbito familiar: personas con discapacidad física y/o mental

Tribunales:
Tribunal Constitucional del Perú
País:
Perú
ROL/RIT de identificación:
Nº 05048-2016-PA/TC

Con fecha 2 de julio de 2015, la curadora y madre de J. E. S. C., interpuso una demanda de amparo contra Essalud, con el objeto de que se declare la nulidad de la orden de alta, expedida por el Hospital Nacional “Almanzor Aguinaga Asenjo” - Red Asistencial de Lambayeque; y, reponiendo las cosas al estado anterior a la violación del derecho fundamental a la salud mental de su hija, se ordene la inmediata referencia (traslado) al Centro de Rehabilitación Integral para Pacientes Crónicos (CRIPC) Hospital 1 Huariaca - Essalud - Pasco u otro análogo.

Los fundamentos expuestos se orientan a que se otorgue una atención especializada a la hija de la demandante hasta su restablecimiento integral; esto es, que conjuntamente con la terapia farmacológica, se le de un tratamiento con psicoterapia, terapia ocupacional y recreativa.

La recurrente manifiesta que su hija sufre de esquizofrenia hebefrénica crónica desde los 16 años (a la fecha de interposición de la demanda, contaba con 38 años) señalando que como consecuencia de que la entidad demandada le ha brindado únicamente terapia farmacológica ambulatoria e internamientos hospitalarios esporádicos por crisis, en los más de veinte años que ha pasado, su enfermedad se ha tornado crónica y grave, sin que se haya logrado su restablecimiento. Agrega que su hija fue internada el 26 de agosto de 2014 y que, paralelamente a ello, hasta en dos oportunidades solicitó que sea trasladada, sin que hasta la fecha le hayan dado respuesta. Acotando que, su hija fue retenida en el servicio de psiquiatría del Hospital Nacional “Almanzor Aguinaga”, el cual no brinda un servicio especializado para pacientes mentales crónicos.

En el presente proceso, el Tribunal Constitucional del Perú declaró fundada la demanda por lo que reconoció el derecho a la salud mental, señalando criterios que debían de considerarse para la hospitalización de un paciente psiquiátrico.