Progenitura afín

Tribunales:
Tribunal Constitucional del Perú
País:
Perú
ROL/RIT de identificación:
N° 1204-2017-PA-TC del 01 de octubre del 2018

La demanda de amparo se centra en la presunta vulneración al derecho a fundar una familia, y su protección, del demandado, quien considera que esto se habría visto vulnerado por su ex empleador, al despedirlo por declarar indebidamente a su hija afín como derechohabiente, cuando para la empresa esto incluye solo a los hijos biológicos.

El Tribunal Constitucional recuerda que, en su jurisprudencia, ya ha señalado la necesidad de reconocer un concepto amplio de familia, otorgando protección especial a las familias ensambladas. En este sentido, considera que hijos y padres afines tienen también obligaciones el uno con el otro, y que cuando el hijo o hija afín se ha asimilado al nuevo núcleo familiar, cualquier diferenciación por su condición de “no biológico” deviene en arbitraria. En este sentido, se debe atender al interés superior del niño, considerando a los hijos afines como derechohabientes.

Cabe señalar que, el Tribunal precisa que esta inserción en una familia ensamblada y la creación de obligaciones para el padre afín que conlleva, no exoneran de sus obligaciones legales a los padres biológicos, toda vez que existe una concurrencia en la obligación de atención y cuidado de los menores entre los padres biológicos y afines, pero que ello no resulta extensible a las prestaciones económicas.