Patria potestad. Pena accesoria

Tribunales:
Tribunales Criminales
País:
Argentina
ROL/RIT de identificación:
AR/JUR/48541/2013

El día 28/09/2012, el Sr. A.A.G. ingresó a un local comercial con un arma de fuego donde intentó robar un perfume y dinero. Concluido el acto se retiró disparando en el mostrador del local y se dio a la fuga. En una persecución fue detenido por un efectivo policial quien recuperó la totalidad del dinero y el perfume que A. intentó sustraer, y además, se le secuestró el arma (la cual el Sr. A.A.G. portaba sin autorización legal). En este proceso en el cual el imputado fue condenado por tentativa de robo armado y portación de armas, se pidió la aplicación de la pena accesoria de privación de la “patria potestad”.

La Sra. Defensora Pública fundamentó acabadamente el planteo de inconstitucionalidad de la norma del art. 12 del Cód. Penal (y consecuentemente del art. 309 del Cód. Civil vigente por ese entonces) en lo atinente a la privación del ejercicio de la patria potestad por parte de su asistido al entender que ello constituye un agravamiento de la pena.

El tribunal declaró que la pena accesoria de privación de la patria potestad es inconstitucional al violar la obligación estatal de protección a la familia.