Nuevas Técnicas de Reproducción Asistida

Tribunales:
Superior Tribunal de Justicia (STJ)
País:
Brasil
ROL/RIT de identificación:
REsp: 1.608.005

La decisión trata sobre técnicas de reproducción asistida en entidades familiares formadas por personas del mismo sexo, con el consiguiente registro civil de doble paternidad. En el caso en cuestión, fue utilizado el material biológico de uno de los miembros de la pareja y la maternidad de sustitución. De esta manera, la pareja ha reclamado la declaración de paternidad socioafectiva del recién nacido por parte del otro miembro. En respuesta, el Ministerio Público sostuvo que el caso es una adopción unilateral y no una declaración de doble paternidad. El argumento antes mencionado no fue aceptado. En la decisión, se argumentó que los hijos generados por este medio son parte de la planificación familiar de la pareja y, por lo tanto, debe declararse la doble paternidad. El relator informante cita la decisión impugnada, que establece que la Constitución Federal no limita el concepto de familia a parejas heteroafectivas, y concluye que el interés superior del niño es el principio que debería guiar todas las decisiones, defendiendo la declaración de doble paternidad. También afirma que las formalidades, las apariencias y los prejuicios no esenciales no pueden prevalecer sobre el interés superior del niño, evitando que obtenga el reconocimiento legal de su condición de hija y miembro legítimo del núcleo familiar formado por personas del mismo sexo.