Jurisprudencia
Esta sección presenta un esquema de búsqueda simple, dividido por:
- País
- Materia de estudio en el ámbito de la constitucionalización/convencionalización del Derecho de Familia.
- Ficha resumen del caso
- Link a la sentencia en formato íntegro
Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Convenio de La Haya.
Artículo 8.1 y 9.1 La Convención de los Derechos del Niño.
Artículo 32 del Reglamento de los Centros de Reinserción Social para el Estado de Puebla.
Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño
Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Artículo 2.355 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México.
Artículo 5 de la Ley para la Prevención y Erradicación de la Violencia Familiar del Estado de México.
Artículo 1º, 4º y 29 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Convención sobre los derechos del Niño; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belem do Pará".
Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (Asamblea General de las Naciones Unidas, 1979).
Declaración sobre la eliminación de la Violencia contra la Mujer.
Artículos 5 y 7 de la Ley de los Derechos de Personas Adultas Mayores en el Estado de Hidalgo.
Artículo 2352 del Código Civil para el Estado de Hidalgo.
Artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Protocolo Adicional a la referida Convención en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Artículo 70 de la Ley de Amparo.
Artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 20, 471, 472, 484, 488, 560 y 569 del Código Civil del Estado de Aguascalientes.
Artículos del a 803 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes.
Articulo 1 y 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Artículos 102, fracción XX y 105 de la Ley del Notariado para el Distrito Federal (actualmente abrogada).
Artículo1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Artículo 2.2, 4.229 y 4.230 del Código Civil para el Estado de México.
Artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 3, 12 y 13 Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Artículos 4° constitucional.
Artículo 3, 4, 7, 23, 41, 48 y 49 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Artículos 372, 373, 376, 377, 379, 380, 381, 382, 385 del Código Familiar para el Estado de Michoacán vigente al 1 de julio de 2013.
Artículo 1, 3, 4, 7, 9, 12, 20, 27 de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Artículo 12.1 y 11.2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Artículo 2º de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 3, 7 y 8 de la Convención sobre los Derechos del Niño