Matrimonio y orientación sexual

Tribunales:
Tribunal Constitucional
País:
Chile
ROL/RIT de identificación:
Nº 7774-2019

Se presenta requerimiento de inaplicabilidad respecto del artículo 12, inciso final, de la Ley Nº 20.830 que Crea el Acuerdo de Unión Civil, y del artículo 80, inciso primero, de la Ley Nº 19.947 de Matrimonio Civil.

Las requirentes contraen matrimonio en España en 2012 y se someten a un tratamiento que permite ser madre a la ciudadana española. Una vez avanzado el embarazo, concurren a inscribir su matrimonio al Registro Civil, el que solo resulta inscrito como acuerdo de unión civil. Ello dejaría al hijo desprovisto de la presunción de maternidad del matrimonio e impediría reconocimiento de la maternidad de la madre no biológica. Así, presentan un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones.

Las normas impugnadas vulneran su derecho a la protección de la familia, en conformidad con los artículos 1 y 19 N° 4 de la Constitución Política de la República; así como el derecho a la igualdad consagrado en el artículo 19 N° 2 de la misma Constitución. Por otro lado, se afecta el derecho a la identidad de su hijo; así como el mandato de protección del interés superior del niño.

El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento afirmando que, existiendo normas de orden público familiar, es otra la vía institucional para entender el sentido y alcance de la familia. Por consiguiente, vigente un estatuto jurídico que regula la familia, su protección y efectos, no puede darse a todas las uniones afectivas el mismo reconocimiento y protección. Hay voto disidente.