Identidad de Género

Tribunales:
Juzgados de primera instancia (Civil, Familia, Contencioso Administrativo y Tributario)
País:
Chile
ROL/RIT de identificación:
R-1-2019

GCS comparece en representación de su hijo MAAC, cuyo nombre legal es AIAC, de 16 años, quien dedujo demanda de rectificación de nombre y sexo registral, de acuerdo a la Ley Nº 21.120 que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género.

En el juicio, la madre señala que hace más de 18 meses su hijo es reconocido por su nombre social. Además, han recibido orientación psicológica y evaluación psiquiátrica, tanto el adolescente como sus padres.

El Tribunal aplica el derecho del niño a ser oído, escuchando al adolescente en la Sala Gesell, dentro de un ambiente que “concretiza el principio de confidencialidad y dignidad en el trato, por la consejera técnica del tribunal, y en atención al principio de autonomía progresiva”. El Tribunal ha podido, de manera directa, verificar la convicción personal interna del adolescente.

El Tribunal se acoge a la doctrina de que “no hay razones desde los antecedentes normativos y científicos para desconocer el derecho a la identidad de género de niños, niñas y adolescentes. Ellos y ellas no solo son titulares del derecho a la identidad de género, sino que pueden y deben ejercer su derecho a la identidad de género sin más limitaciones que las que imponen sus propios desarrollo y autonomía progresivas en su trayectoria de vida, siendo un imperativo para el Estado y sus poderes, así como para cada padre, madre o adulto responsable, velar por el interés superior”, por lo que es un deber para el Tribunal acoger la solicitud.