Filiación, impugnación de la paternidad, interés superior del menor

Tribunales:
Corte Constitucional de Colombia
País:
Colombia
ROL/RIT de identificación:
T-207 de 2017

La Corte Constitucional analiza el caso de un hombre al que se le niega por caducidad un proceso de impugnación de paternidad, en desconocimiento de una prueba de ADN que evidencia que no es el padre biológico del menor.

 

En la sentencia se establece que la filiación no sólo es el vínculo que une al hijo con su padre o madre, sino además consiste en “un derecho fundamental y uno de los atributos de la personalidad, que se encuentra indisolublemente ligada al estado civil de las personas, al nombre y al reconocimiento de su personalidad jurídica.” Asimismo, la Corte resalta que “a través de la protección del derecho a la filiación se concreta el contenido de otras garantías superiores como tener una familia, el libre desarrollo de la personalidad y la dignidad humana” y que, en el caso de los niños, debe analizarse a la luz del interés superior de la infancia.

 

En los casos en que la prueba de ADN evidencia la ausencia de un vínculo biológico, entran en conflicto “la confianza legítima del menor que ha construido relaciones con su padre” con el interés del padre, a quien se le fuerza a aceptar como suyo un hijo que no lo es. Por ello, las normas en materia de impugnación de paternidad deben analizarse propendiendo por un equilibrio entre los derechos de los padres y de los niños. Sin embargo, ante la imposibilidad de armonización, deben primar los derechos de los niños o niñas.

 

En el caso concreto, la Corte niega la impugnación de paternidad por caducidad ya que “el tiempo constituye un elemento esencial a efectos de crear sentimientos filiales.”