Discriminación de género y vida familiar/ regulación y garantía de la co-responsabilidad parental en el pago de pensiones

Tribunales:
Corte Constitucional de Ecuador
País:
Ecuador
ROL/RIT de identificación:
sentencia No. 048-13-SCN-CC de 4 de septiembre de 2013, caso No. 0179-12-CN y acumulados.

La Corte Constitucional al analizar la constitucionalidad de la llamada “tabla de alimentos” consideró que “la  relación  entre ambos progenitores y su deber de ser corresponsables “ se de be entender a la luz de la regla constitucional de que la contribución es a partir de la “igual proporción”en el contexto de un “hogar  en  su  sentido  más  clásico  se  ha  disuelto  o  nunca  ha  existido”, por ello “la  asunción  de  las  tareas  que  acarrea  la  tenencia  de  niños,  niñas  y  adolescentes,  en  tanto  implican  trabajo  de  sustento  y  cuidado  humano,  más  el  aporte  económico  que  requieran  las  necesidades  no  cubiertas  por  la  pensión  fijada, constituyen de ya el aporte que    realiza    el    progenitor    en    cumplimiento    de    su    responsabilidad   paterna   o   materna”. No siendo necesario que aporte económicamente el cónyuge que cuida a los hijos e hijas.