Discapacidad intelectual y adopción

Tribunales:
Excelentísima Corte Suprema
País:
Chile
ROL/RIT de identificación:
Nº 5138 – 2015

El Juzgado de Familia declaró que la niña YCVR es susceptible de ser adoptada, sentencia que fue confirmada por la Corte de Apelaciones. En contra de esta última decisión, la parte requerida dedujo recurso de casación en el fondo.

Los sentenciadores del fondo declararon que tanto el padre como la madre se encuentran dentro de la causal del artículo 12 Nº 1 de la Ley Nº 19.620 que dicta Normas sobre Adopción de Menores, y son inhábiles moralmente para ejercer el cuidado personal.

La Corte Suprema sostiene que no existe respuesta estatal de apoyo a la madre según sus necesidades propias y especiales, y que cree programas para habilitarla para ejercer el cuidado personal de su hija. Sin embargo, esta falencia no puede significar que “se condene a una niña de dos años a sufrir una prolongada institucionalización a la espera incierta, incluso improbable, de que su madre llegue en el largo plazo a adquirir competencias mínimas para asumir sus cuidados”.

No fue el déficit intelectual leve de la madre lo que condujo a la decisión de los jueces, “sino que resguardar el interés superior de la niña pues la filiación adoptiva le permitirá incorporarse a una familia que le proporcione afecto, protección y la estimulación que necesita por sus características propias”. Por tanto, la Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo, con voto disidente.