Derecho a la identidad: verdad biológica

Tribunales:
Corte Constitucional de Ecuador
País:
Ecuador
ROL/RIT de identificación:
Sentencia No. 131-15-SEP-CC de 29 de abril de 2015, caso No. 0561-12-EP.

La Corte Constitucional, en un caso de impugnación de la paternidad, considera como fundamento de la identidad de niños, niñas y adolescentes la “realidad biológica”. En palabras de la Corte, el derecho a la identidad “Tanto la doctrina como la jurisprudencia internacional han establecido que el derecho a la identidad personal está compuesto por varios elementos, entre los cuales se encuentra el derecho a conocer la verdad biológica, la procedencia familiar y a obtener información sobre su identidad genética con la finalidad de establecer los vínculos de filiación y la posibilidad de probar el verdadero estado de familia. Así, se considera parte del interés superior de un niño, niña o adolescente el poder conocer su procedencia y en virtud de aquello, ejercer plenamente su derecho a la identidad, pues para garantizar el desarrollo de su personalidad es preciso que la persona menor de edad tenga pleno conocimiento de su procedencia y mantenga una relación filial y familiar concordante con su realidad biológica”.