Definiciones jurisprudenciales de instituciones relevantes para el campo: interés superior del niño

Tribunales:
Corte Constitucional de Ecuador
País:
Ecuador
ROL/RIT de identificación:
Resolución 144-2018 de 17 de julio del 2018, dictada dentro del juicio 0095-18.

En un proceso de determinación de filiación el juez de instancia declaró la paternidad con base en el examen de ADN, ordenó con base en esta decisión la modificación de los apellidos para que la adolescente lleve el apellido del padre junto con el de la madre. En sentencia de casación la Corte Nacional de Justicia consideró que debía considerarse el interés superior del niño al resolver caso ya que “…ha constituido la base sobre la cual gira la doctrina de la protección integral, y que la Convención Internacional de los Derechos del Niño (la Convención), ha elevado a rango de norma fundamental, consecuencia de ello es que las legislaciones de las países suscriptores han receptado esta noción como una norma que contiene un principio estructurante del ordenamiento jurídico; así mismo se ha erigido en un principio guía-rector de interpretación por parte de toda autoridad, en aquellos casos en los que los derecho de niñas, niños y adolescentes se encuentran discutidos”. Considera que si bien le fa un margen de discreción al intérprete, al ser un concepto jurídico indeterminado, este debe ser analizado caso por caso para la satisfacción de los derechos, analizando dos parámetros: “i) consideraciones fácticas, que a su vez implica una lectura integral de todas las particularidades que rodean al caso concreto; y, ii) consideraciones jurídicas, que supone el estudio del ordenamiento jurídico aplicable, para la consecución del desarrollo armónico e integral de menores de edad”.