Definiciones jurisprudenciales de instituciones relevantes para el campo/ patria potestad (derecho/deber)

Tribunales:
Corte Constitucional de Ecuador
País:
Ecuador
ROL/RIT de identificación:
Sentencia No. 1880-14-EP/20 de 11 de marzo de 2020, caso No. 1880-14-EP/20.

La Corte Constitucional, en un proceso de nulidad de un contrato de compraventa, desarrollo el alcance de la patria potestad como un derecho-deber que se ejerce de forma conjunta por los dos progenitores, por tanto, la representación es una protección en toda acción judicial que se intente en contra de ellos. La Corte, a partir de la definición del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, considera que tienen “como objetivo, asegurar la protección y el desarrollo de la persona sobre la cual se ejerce”. Concluyendo que se “tiene por una derivación natural de esa institución, el derecho-deber de representación legal que tienen, de manera conjunta, los padres sobre los hijos no emancipados, por medio del cual aquellos están autorizados para obrar en nombre del niño o adolescente, y suplirla incapacidad de ejercicio que les impide actuar en el medio jurídico; siendo este el motivo por el cual las niñas, niños y adolescentes siempre deben ser representados por sus padres ante cualquier acción judicial que  se intente en su contra”.