Acción de daños y perjuicios. Deberes del progenitor. NNA con discapacidad. Violencia de género

Tribunales:
Cámara de Apelaciones
País:
Argentina
ROL/RIT de identificación:
AR/JUR/681/2017

El niño había nacido con una gravísima enfermedad genética por la cual se le decretó una incapacidad del ciento por ciento requiriendo de la permanente asistencia de otra persona. Situación por la cual, en el marco del proceso de alimentos iniciado por la madre, el padre sostuvo que no correspondía fijación de cuota alguna. Según sus dichos, “el estado psico-físico del menor importa en los hechos un cuadro cuasi vegetativo, siendo acotados los gastos de medicamentos, vestimenta y alimentación”. Además, expresó que la obra social y el Hospital municipal se habían encargado de prácticamente todos los gastos. No obstante, haberse fijado alimentos provisorios a favor del niño, el padre nunca los abonó en forma completa.

En este contexto, la justicia de primera instancia hace lugar a la acción de daños y perjuicios condenando al padre a abonar la suma de setenta mil pesos en virtud de lo reclamado por derecho propio y noventa mil pesos como representante de su hijo. La sentencia es apelada por el padre, el niño muere antes del pronunciamiento de la Cámara revisora quien confirma el fallo recurrido.