PPO-02-Cuadernos de Jurisprudencia. Derecho y Familia 18. Alimentos entre parejas

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La obligación alimentaria es una de más de aquellas garantías que protegen las relaciones familiares. Para ello, su alcance busca extenderse más allá de las necesidades meramente alimenticias, para involucrar un aspecto más am­plio, relativo a la satisfacción de la salud, la educación, la vivienda y el vestido. Procurando con esto, un nivel de vida digna para cada una de las personas que se involucran en el desarrollo del grupo familiar.

 

En esta lógica, el cumplimiento de la obligación alimentaria es de interés social y orden público, de manera que, si bien se trata de una obligación que se desarrolla dentro del ámbito familiar por medio de sujetos particulares, corresponde al Estado vigilar que entre las personas que se presten esta asis­ tencia, se procuren de los medios y recursos suficientes cuando alguno de los miembros del grupo familiar carezca de los mismos y se encuentre en la imposibilidad real de obtenerlos.

 

Tratándose de las relaciones de parejas, la complejidad y diversidad de las familias que conviven diariamente acarrean una constante evolución en torno a la forma e interpretación de esta obligación alimentaria. Por tal motivo, el recorrido jurisprudencia! que se recoge en el presente cuaderno muestra el panorama general de derecho a alimentos entre parejas, permi­tiendo hacer un seguimiento de los principales elementos que constituyen tal obligación, así como las respectivas interpretaciones que la Suprema Corte ha realizado en la materia.

 

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