El caso trata de una solicitud de custodia unilateral debido a la pandemia de COVID-19. El padre del niño declaró que la madre no debería tener contacto con los niños pues trabaja en el sistema de salud y estaría expuesta al contagio, por lo tanto, ha requerido el cambio de custodia compartida a la custodia unilateral. La madre de los niños apeló bajo los argumentos de trabajar en el sector responsable de la limpieza en el hospital y no en los sectores de atención inmediata con pacientes del COVID-19. De esta manera, el juzgado reconoció que la situación de la pandemia no seria suficiente para autorizar la modificación de la guardia bajo la justificación de que la profesión de la madre ofrece riesgos. La decisión se basó en el principio de corresponsabilidad y protección plena, previsto en el art. 226 de la Constitución Federal Brasileña. El juez concluyó que no había sido demostrado riesgo que legitimara la privación de la convivencia con la madre durante todo el período de la pandemia, ni que la madre fuera negligente con la salud y el bienestar de los niños, o que no se cumplieran las medidas sanitarias recomendadas por las autoridades competentes. Con eso, se mantuvo el derecho a la vida familiar a través de la custodia compartida.
Tribunales:
Tribunales de Justicia (TJs)
País:
Brasil
ROL/RIT de identificación:
1008329-06.2020.8.11.0000
