Ruth Bader Ginsburg: algunos casos sobre igualdad

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El viernes 18 de septiembre falleció la ministra Joan Ruth Bader Ginsburg. No cabe duda de que es un ícono del derecho y que ha inspirado a muchas abogadas y abogados alrededor del mundo. Profesora, jurista, juzgadora y luchadora contra el cáncer. La justice Bader Ginsburg sabía que el derecho era una herramienta para la transformación social de su país, y con ello aportó mucho a la lucha por la igualdad de género en épocas en las que era inalcanzable pensar en un mínimo de leyes igualitarias.

Tanto en sus primeros dos años en Harvard como para conseguir trabajo una vez egresada de Columbia tuvo varias complicaciones simplemente por ser mujer. Ello la llevó a, como abogada litigante, ganar emblemáticos, polémicos y muy politizados casos en materia de género ante la Suprema Corte. Logró crear precedentes para ir modificando la conservadora y machista perspectiva que se tenía sobre el derecho y la vida en general.

El trabajo y el legado que Bader Ginsburg le deja al mundo amerita ser conocido y reconocido. Y, en efecto, para reconocerlo como se merece, estimo conveniente difundir algunos de los casos que litigó y juzgó para modificar la política y el derecho con el fin de construir un país más igualitario.

Su primer litigio, junto con la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles[i] fue el caso Frontiero vs. Richardson en 1973.[ii] Sharron Frontiero formaba parte de la Fuerza Aérea. Los hombres de dicha institución tenían derecho a un subsidio de vivienda, pero ella no. Creyendo que se trataba de un error burocrático, Frontiero decide solicitar el subsidio, pero le fue negado de forma inmediata, pues la ley establecía que solamente los hombres podían gozar de tal derecho. Promovida la demanda, perdieron la batalla en primera instancia en Alabama; sin embargo, ante la Suprema Corte, Bader Ginsburg ofrecía argumentos completamente inéditos: la ley discriminaba con base en el género.

“Las mujeres hoy en día enfrentan discriminación laboral de forma más sutil de la que enfrentan grupos minoritarios”.[iii]

Bader Ginsburg logró persuadir a los justices. Quien presidía era Warren E. Burger, y también estaba ahí el mismismo Thurgood Marshall. Argumentaba que había varias prácticas reiteradas que hacían ver pequeñas a las mujeres. Buscaba también que el precedente estableciera que la discriminación de género es discriminación racial, pero diversos justices calificaron de infundado dicho argumento (entre ellos, Warren, Powell y Blackmun). No obstante, ganó el caso. La Corte decidió que existía una violación a la cláusula de debido proceso (due process clause) y a la protección igual ante la ley (equal protection under the law) de la Constitución.

Otro caso emblemático fue Weinberger vs. Wiesenfeld.[iv] Stephen Wiesenfeld, un padre viudo, solicita servicios de seguridad social para él y su hijo, pero le son negados. La ley (Social Security Act) establecía que las mujeres viudas y sus hijos tienen derecho a recibir los beneficios de seguridad social producidos por el padre fallecido, pero no al revés; es decir, solamente los hijos pueden recibir los beneficios de la madre fallecida, pero los hombres no, pues para la ley los hombres no pueden ser dependientes. Aquí entra el litigio y el punto constitucional que se resolvería. Bader Ginsburg, en representación de Wiesenfeld, argumentó que la ley lo discriminaba injustamente por una razón basada en el sexo. La Suprema Corte resolvió de manera unánime[v] a favor de Stephen Wiesenfeld, estableciendo que la discriminación basada en el género es ilógica y contraproducente.

En México, el amparo en revisión 59/2016[vi] contempla una cuestión similar al caso Wiesenfeld. La Segunda Sala de la Suprema Corte declaró la inconstitucionalidad de diversos artículos[vii] que niegan a los padres (hombres) de familia el goce del servicio de guarderías del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y vulneran el derecho humano de igualdad y no discriminación. Esto resulta completamente trascedente, pues hablar de perspectiva de género no significa hablar exclusivamente de mujeres, como muchos lo ven o entienden. La discriminación por género puede afectar a cualquiera.

Para ese momento, el nombre de Bader Ginsburg ya sonaba en todo el país, y fue en 1993 cuando el presidente Bill Clinton, en el jardín de las rosas de la Casa Blanca, la nominó para el cargo de ministra, por lo que se convirtió en la segunda mujer en ocuparlo.[viii] Ya en la Corte, un caso crucial fue United States vs. Virginia,[ix] en el que Estados Unidos de América demandó al estado y al Instituto Militar de Virginia (VMI). Esta escuela tenía una larga tradición en la que impartía educación militarizada exclusivamente para hombres, lo que a los ojos de Estados Unidos violaba el derecho de igualdad ante la ley, establecido en la XIV enmienda de la Constitución. El VMI propuso crear el Instituto Militar para las Mujeres (VWIL),[x] intentando justificar que con ello no discriminarían más. Fue Bader Ginsburg, como ministra, quien pronunció la opinion of the Court:

“Una clasificación basada en el sexo se establece como presuntamente inválida y es incompatible una ley o política que le niega a las mujeres las mismas oportunidades para aspirar, lograr, participar y contribuir a la sociedad conforme a lo que puedan hacer”.

A partir de entonces, las mujeres empezaron a inscribirse al VMI.

Evidentemente hay más casos en los que la justice Bader Ginsburg pronunció importantes decisiones y disensos, pero el espacio es corto para ello. Sin embargo, nos deja un sinfín de enseñanzas jurídicas. Tenemos que aprenderle muchas cosas, y una de ellas es la vocación por el servicio público y el significado de fungir y servir al país en un puesto tan importante para la vida pública. Bader Ginsburg era muy clara:

“Todos apreciamos que a las instituciones que servimos son más importantes que cada una de las personas que integran a la Corte en su tiempo. Y nuestro trabajo, desde mi punto de vista, es el mejor trabajo que un jurista pudiera tener. Nuestra obligación es perseguir la justica de la mejor manera en que podamos. Los padres fundadores fueron lo suficientemente sabios para equiparnos y lograr ese fin acorde a nuestro cargo vitalicio (o, como lo menciona la Constitución, ‘durante nuestro buen comportamiento’) y salarios que el Congreso no puede disminuir. El ministro presidente William H. Rehnquist, metafóricamente, establecía: ‘la Constitución colocó al Poder Judicial en una posición similar a la de un árbitro de basketball, y está obligado a señalar una falta cuando ocurra, y cuando lo haga, probablemente el árbitro sea abucheado, pero está obligado a juzgarlo tal y como vio la jugada, no como el equipo de casa quiere que el árbitro juzgue. El día en que un ministro olvide esa responsabilidad, es el día en que ella o él debería renunciar” (Bader Ginsburg, 2016, 60).

Sigamos su ejemplo.


Oscar Leonardo Ríos García es abogado por la Universidad Marista de Mérida. Maestro en defensa Administrativa y Fiscal por la Universidad Anáhuac. Profesor de Derecho. Twitter: oscar_leonard


Fuente

Bader Ginsburg, R. (2016), “My own words”, Simon y Schuster, Nueva York.


[i] ACLU (American Civil Liberties Union) https://www.aclu.org/.

[ii] 411 US 677 (1973) https://www.oyez.org/cases/1972/71-1694.

[iii] La traducción es mía.

[iv] 420 US 636 (1975) https://www.oyez.org/cases/1974/73-1892.

[v] La votación fue 8-0. El justice William O. Douglas no participó en la discusión.

[vi] Sesionado el 29/06/2016. Ponente: Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos. https://bit.ly/2FDmgyK.

[vii] Artículos 201 y 205 de la Ley del Seguro Social; 2 y 3 del Reglamento para la Prestación de los Servicios de Guardería del Instituto Mexicano del Seguro Social y el artículo 8.1.3. de la Norma que establecen las disposiciones para la operación del Servicio de Guardería del Instituto Mexicano del Seguro Social.

[viii] La primera mujer fue la justice Sandra Day O’Connor.

[ix] 518 US 515 (1996) https://bit.ly/3hTCeSs.

[x] Virginia Women’s Institute for Leadership.

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