Redes sociales y libertad de expresión

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una persona mirando por unos binoculares logos de Facebook

 

Cada vez son más abiertas las decisiones que las plataformas en línea están tomando cotidiana y unilateralmente en relación con la libertad de expresión de sus usuarios. YouTube, por ejemplo, anunció la remoción de miles de videos y canales que alentaban la intolerancia ideológica.[i] Facebook expulsó a siete personajes por promover la violencia y el odio en dicha red social.[ii]

En México, Twitter suspendió las cuentas de varios de sus usuarios. Ahí están los ejemplos, por citar los más visibles de ellos, de la cuenta @CesarAstudilloR del investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, la cuenta @fernandeznorona del diputado federal, la cuenta @rudorivera del comunicador y la cuenta @dparamooficial del también comunicador.

Más allá del dato anecdótico, las acciones de estas empresas llaman a la reflexión sobre el papel de las plataformas de redes sociales en materia de libertad de expresión.

Las redes sociales fueron tenidas, hasta hace poco, como el espacio por antonomasia para propiciar la libertad de expresión, la libre discusión de los distintos puntos de vista e inclusive la libre organización de las personas. Eran, en una frase, la nueva plaza pública. 

La situación ha dado un vuelco y cada vez existen mayores preocupaciones y cuestionamientos sobre su papel. En el caso particular de la libertad de expresión, estamos frente a un conjunto de medidas que están adoptando las empresas de redes sociales para regular los contenidos que sus usuarios publican y comparten. Estas medidas incluyen, como en los ejemplos que se señalaron al inicio, eliminar y bloquear cuentas, restringir mensajes, videos, entre otras acciones.

La doctora Kate Klonick de la Universidad de Yale no duda en denominar a las plataformas en línea como los nuevos gobernantes del discurso en línea. Como explica extensamente en un artículo publicado en el Harvard Law Review,[iii] Facebook, Twitter y YouTube cuentan, desde ya, con una serie de reglas, procedimientos, tecnologías y personas destinadas a moderar, de manera previa o posterior y en la más absoluta opacidad y discrecionalidad, las publicaciones de sus usuarios.

Se trata, ni más ni menos, de una situación en la cual un grupo de particulares —las empresas de redes sociales— están tomando claramente decisiones sobre qué pueden decir y compartir sus usuarios, es decir, están regulando, en los hechos, la libertad de expresión de las personas.

El impacto es enorme debido al número cada vez mayor de personas que hacen uso de estos servicios. A nivel mundial Facebook tiene 2 mil 375 millones de usuarios, 70 millones de ellos en México;[iv] Twitter cuenta con 325 millones de usuarios en el orbe y 7 millones en México;[v] y YouTube, por su parte, registra 1 mil 860 millones de usuarios mundiales, 29 millones de los cuales son de México.[vi]

El tema pone en entredicho los alcances de la normatividad nacional e internacional existente en materia de libertad de expresión y opinión, pues ésta fue precisamente pensada como un límite frente al actuar arbitrario del Estado.

Jack M. Balkin, profesor de la escuela de derecho de Yale, ha puesto en evidencia el cambio en materia de regulación de la libertad de expresión que conlleva la proliferación del mundo digital, de un modelo dualista propio del siglo XX a uno pluralista o triangular del siglo XXI. Mientras que en el modelo dualista, como su nombre lo indica, participan dos actores: los Estados territoriales y los oradores (individuos, medios masivos de comunicación y demás); en el modelo pluralista o triangular, se suman las empresas de internet, de manera destacada las de redes sociales, quienes por un lado cooperan con los Estados y al mismo tiempo regulan la libertad de expresión de sus usuarios.[vii]

En México, la reflexión y el debate sobre este nuevo modelo pluralista de regulación de la libertad de expresión es prácticamente inexistente. Es impostergable poner el tema sobre la mesa, porque de ello depende la salud de la libertad de expresión en un entorno digital.


Mauricio Augusto Calcaneo Monts es Maestro en Derecho Administrativo y Regulación por el ITAM. Director Ejecutivo de Asuntos Legislativos y Evaluación de la CDHDF.

Correo electrónico: calcaneomonts@yahoo.com


[i] Véase K. Roose y K. Conger (5 junio, 2019). “YouTube Remove Thousands of Videos Pushing Extreme Views”, The New York Times. Disponible en: https://nyti.ms/2MCH8XT

[ii] Véase M. Isaac y K. Roose (2 mayo, 2019). “Facebook Bans Alex Jones, Louis Farrakhan and Others from its Services”, The New York Times. Disponible en: https://nyti.ms/2KGz5H5  

[iii] K. Klonick (2018). “The New Governors: The People, Rules and Processes Governing Online Speech”, Harvard Law Review, vol. 131, núm. 6, pp. 1598-1670.

[iv] Véase J. Clement (31 julio, 2019). “Number of monthly active Facebook users worldwide as of 2nd quarter 2019 (in millions), Statista. Disponible en: http://bit.ly/2MC0EDX

[v] Información disponible en https://www.statista.com/statistics/282087/number-of-monthly-active-twitter-users/

[vi] Véase J. Clement (31 julio, 2019). “YouTube- Statics&Facts”, Statista. Disponible en: http://bit.ly/33dtnEV

[vii] J. M Balkin (2018), “Free Speech Is a Triangle”, Columbia Law Review, vol. 118, pp. 2011-2055.

Comentarios

Antonio Montoya |
Lun, 26/08/2019 - 18:19

Buena tarde Dr. Calcaneo

Cual fue la razón por la que no analizó el limite en el uso de las redes sociales en el derecho de la libertad de expresión?

El artículo tiene más un contenido periodístico que jurídico.

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